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¿Conoces sobre el reconocimiento mutuo de registro en Centroamérica?

 

 

Ana Catalina Soto Brenes.

 

Para comercializar un producto en un país, se requiere tramitar el registro sanitario del producto en ese país. Así, una persona que comercializa su producto en Costa Rica cuenta con un registro sanitario del producto para Costa Rica. Si desea expandir su negocio a otro país ―por ejemplo, Guatemala― es necesario tramitar un registro sanitario válido para Guatemala. Es entonces preciso realizar trámites individuales de registro sanitario para exportar a cada país; lo cual implica una amplia inversión de tiempo, dinero y recurso humano.

 

Con el objetivo de agilizar los trámites de registros, se recurre entonces al reconocimiento mutuo que permite aceptar el registro sanitario de un producto inscrito en otro país y conservar su número de registro original. En Centroamérica, se cuenta con el Sistema de Integración Regional para Registros Sanitarios (SIRRS) que facilita el reconocimiento mutuo de bebidas y alimentos procesados entre Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Pero ¿cómo se lleva a cabo el trámite de reconocimiento mutuo?

 

En un inicio, es indispensable solicitar la cuenta de usuario como empresa fabricante en el país de interés. El proceso de creación de la cuenta se realiza ante las autoridades regulatorias de cada país, sea la Agencia de Regulación Sanitaria de Honduras o los respectivos Ministerios de Salud (para Guatemala, Nicaragua, Costa Rica y El Salvador). Luego, se procede con el trámite de reconocimiento mutuo. La creación de este trámite se realiza en el Sistema Regional SIRRS (para Honduras y Guatemala) o mediante sistemas nacionales (sean Sistema Nacional de Registro de Nicaragua, “Regístrelo” de Costa Rica y “SISAM” de El Salvador). Aunque los requisitos del trámite varían de un país a otro, los documentos solicitados corresponden a:

 

• Registro sanitario vigente del producto
• Recibo de pago del trámite de reconocimiento mutuo
• Licencia sanitaria de funcionamiento vigente al Distribuidor

 

Se debe tener en cuenta que el Certificado de Libre Venta no es requisito para trámites de reconocimiento mutuo. Por último, el costo del trámite es establecido por cada país y debe ser cancelado en una entidad bancaria del país de interés.

 

Bibliografía
Centroamérica avanza en el reconocimiento de registros sanitarios para alimentos y bebidas. (2016, julio). Banco Mundial. https://www.bancomundial.org/es/news/video/2016/07/05/centroamerica-avanza-en-el-reconocimiento-de-registros-sanitarios-para-alimentos-y-bebidas
Publica Resolución N° 269-2011 (COMIECO-LXI) de fecha del 2 de diciembre de 2011 y su anexo: Procedimiento de Reconocimiento de los Registros Sanitarios de Alimentos y Bebidas Procesados, N° 37099-COMEX-MEIC-S (2012). http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=72464
(S. f.). Sistema de Integración Regional para Registros Sanitarios (SIRRS). Recuperado 11 de octubre de 2023, de https://www.sirrs.sieca.int/

 

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